DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda (querella) interpuesta por el ciudadano OSWALDO RAFAEL VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, por intermedio de su apoderada judicial, abogada MIRTA JOSEFINA LARA DE MARTÍNEZ, ambos identificados en la parte motiva del presente fallo, contra la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO TOMAS LANDER DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
SEGUNDO: Se ORDENA el pago al actor de los intereses generados por sus prestaciones sociales desde el día 17 de marzo de 2003, fecha de su ingreso al organismo querellado, hasta el 31 de enero de 2007, oportunidad en el cual consta en autos egreso de la Administración Municipal, calculados en la forma dispuesta en el literal "c" del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo.
TERCERO: A los fines de dete.....