Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 2º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano, Segundo Jose Méndez Gonzales, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.790.228, quien se encuentra representado por el abogado Wilmer Alberto Salazar Hernandez, inscrito en el IPSA bajo el Nº 131.498. Segundo: Oficiar al Estacionamiento LA CONCORDIA, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo MARCA: FABRICACION NACIONAL, MODELO: NO INDICA, CLASE: REMOLQUE, TIPO: BATEA, COLOR: AZUL, PLACA: OOHCAB, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: S9857M, SERIAL DE MOTOR: NO PORTA, al ciudadano Segundo Jose Méndez Gonzales, titular de la cédula de identidad V- 4.790.228, quien se encuentra representado por el abogado Wilmer Alberto Salazar Hernandez, in.....