Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinal 9º ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DEL IMPUTADO MIGUEL TOMAS CORREA SUÁREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.447.130, consistente en la PRESENTACION PERIODICA ANTE ESTE TRIBUNAL CADA VEZ QUE SEA REQUERIDO.
Se acordó continuar la investigación por la vía del Procedimiento Ordinario. Es Todo. Publíquese, Cúmplase