Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de octubre de 2010, por el abogado Víctor Caridad Zavarce, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2010, proferida del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se ordenó LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que el tribunal de la causa se pronuncie sobre la cuestión previa relativa al ordinal 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el procedimiento por cobro de bolívares vía intimación, seguido por la abogada Milagro Marrufo, en su condición de endosataria en procuración del ciudadano Willian José Paredes, contra la ciudadana Yanetzi Lisney Rodríguez Hernández. Quedó así ANULADA la sentencia apelada.