En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha dieciocho (18) de junio de dos mil ocho (2008), dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano Rubén Darío Lander Colmenares contra la empresa S.P.S Risk, C.A., y como codemandadas British Petroleum Venezuela Holding Limited (BPVHL) y Bpoil Venezuela Limited (Bpoil), ambas partes suficientemente identificadas en autos .TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas.