En mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los ciudadanos JUAN RAMÍREZ TORRES y KERLLY PERAZA MARCANO, abogados en ejercicio, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.438.762 y V-16.310.774, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nos. 48.273 y 129.941, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana LORELEI DAGMAR LEZMA HAGER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 15.976.148, en contra de la Resolución N° 1404 de fecha 03 de septiembre de 2015, dictada por la ciudadana Fiscal General de la República, mediante la cual declaró sin lugar el Recurso de Reconsideración interpuesto por la querellante .....