Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por RUXANDRA SILESIA CAMPOS PUGMARTI contra GUSTAVO ALBERTO FERNANDEZ NOGUERA, ambos identificados en la primera parte de la presente decisión. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes de este proceso, celebrado en fecha 02 de septiembre de 2013, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Petare, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según consta del Acta Nro. 771.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.