Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la presente querella interpuesta el abogado Oscar Elías Omaña Guerrero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.382 actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ENRIQUE COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº V-1.714.389, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.)
2. DECLINA el conocimiento de la presente causa en los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
3. SE ORDENA remitir las actuaciones que conforman este expediente judicial a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Circuito Jud.....