La REPOSICION de la causa al estado de que se celebre la prolongación de la audiencia preliminar, a los fines de permitir el derecho de la defensa de la parte demandada, para lo cual el Juez dictará por auto expreso el día y la hora en que tendrá lugar dicho acto, previa notificación de la parte demandada. En consecuencia, se declara la nulidad de todos los actos realizados con posterioridad al 18 de noviembre de 2008, y realizadas con el Juez de primera instancia, con excepción de la interposición del recurso de apelación.