Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ACCESORIA exigida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), a la sociedad mercantil CAFETIN TARDES CALEÑAS, C.A., a través de la Resolución N° SAT/GRTI/RC/DSA/G1/97/1-000234 de fecha 12 de noviembre de 1997, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL EXACTOS BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.835.000,00), ahora expresados en la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. F. 2.835,00), por concepto multa.