Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados ALBERTO MILIANI BALZA, LUISANA LA ROTTA DÍAZ y RAQUEL ELVIA MARSHALL ANDERSON, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFONSO ARCILA SALGADO y FRANKLIN JAVIER MONTES TORRES, contra la decisión dictada el 12 de abril del 2011 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de resolución de contrato de arrendamiento seguido por el ciudadano KAMAL ELDDINE AHMAD CHAABAN y ROSSELYN RAQUEL MARTÍNEZ DALMAGRO contra los ciudadanos ALFONSO ARCILA SALGADO y FRANKLIN JAVIER MONTES TORRES, y la sociedad mercantil ARCIMONT IMPORT, C.A., expediente Nº AP11-R-2011-000022 de la nomenclatura de dicho juzgado.
Publíques.....