Este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara. Visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto n el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto al mismo no vulnera derechos irrenunciablesdel trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAREL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada, Se ordena el archivo oportuno del expediente. Es todo Termino y conforme firman. Se da por concluida la presente audiencia siendo las 11:00 a.m. Se elaboran cuatro Ejemplares de un mismo tenor y efecto. Déjese copias certificadas-