V
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de noviembre de 2011, por la abogada Fabiola Azuaje, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 155.508, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de noviembre de 2011, por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia apelada dictada por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que una vez reciba el expediente ordene por auto expreso el inicio de la segunda fase del procedimiento.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.
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