Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- SU COMPETENCIA; para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto los abogados Juan de Jesús Román y Dennis Piñango, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 53.435 y 145.935 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano GABRIEL HONORATO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 2.957.596, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA.
2.- INADMISIBLE POR CADUCIDAD LA PRESENTE ACCIÓN, en los términos expuestos en la motiva de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuradora General de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 del Dec.....