Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Se declara COMPETENTE; ADMITE la acción de Amparo Constitucional incoada por la abogada GLADYS YOLANDA PINEDA A., en su condición de apoderada judicial de la Sociedad de Comercio BODEGON EUROPA 2020, contra la sentencia de fecha 26 de mayo de 2.011 dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró desistida la acción de amparo constitucional presentada por la Sociedad Mercantil BODEGON EUROPA 2020, C.A. contra la decisión de fecha 10 de enero de 2.011, emanada del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que a su vez declaró parcialmente con lugar la demanda.....