DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el efecto suspensivo interpuesto por el Abogado LINO ANTONIO AVILA CASTILLO, Fiscal Centésimo Séptimo del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 06/08/2010, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó para la imputada YURIDIA FERNANDEZ SARMIENTO, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del texto adjetivo penal, la cual queda CONFIRMADA.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y remítase