Por los razonamientos que anteceden este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación intentada por OMAR GAVIDES en su carácter de apoderado judicial de C.A. EL CAFETAL el 11 de abril de 2007, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 2 de abril de 2007 en la presente causa.
Queda confirmado el auto apelado.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso en razón de que no hubo en la alzada actuación alguna de ninguna de las codemandadas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre de 2007. .....