Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por RENDICION DE CUENTAS, las ciudadanas ANTONELLLA SONIA GALDI BAINI y ANNA MARIA GALDI BAINI, venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.205.674 y V-6.205.675, en contra del ciudadano NICOLA DI MATTIA FERRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.090.555.-
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida.-
TERCERO: Por dictarse la presente decisión fuera del lapso legal se acuerda notificar a las partes.