DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda que por Interdicto Restitutorio por Despojo (acción posesoria), interpusiere el abogado en ejercicio VICTOR ABDALA GUZMAN AYUB, venezolano por naturalización según se desprende de Gaceta Oficial, Nº 5.718 extraordinario, del dos (2) de julio de 2004, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.294.356, (antes era E-81.270.516), inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.911, actuando en su propio nombre y representación, domiciliado en la Avenida 19 de Abril, Torre Cosmopolitan, Piso 10, Oficina 105, Sector Calicanto, Parroquia Madre María de San José, Municipio Girardot, Maracay estado Aragua, contra el ciu.....