Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- INCOMPETENTE; para conocer del amparo constitucional interpuesto por el abogado Eddy Barroso Molina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 150.005, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDDY BARROSO RIVEROS, titular de la cédula de identidad N° V-13.483.983, contra la sentencia número 677 de fecha 01 de junio de 2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Eddy Barroso Molina, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDDY BARROSO RIVEROS, igualmente identificado, en el expediente Nro. 15-0396, que cursa ante dicha Sala.
2.- DECLINA la competencia a la Sala Político Administrativo del Tribunal S.....