declara:
1.- PROCEDENTE la Suspensión de los Efectos del acto impugnado, conforme la motiva del presente fallo.
2.- ADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por el abogado JESÚS CABALLERO ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 4.643, actuando en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, contra la Providencia Administrativa Nro. 00214-07, de fecha 26 de marzo de 2007, dictada por el Inspector del Trabajo Jefe en el Este del Área Metropolitana de Caracas, y la cual fuera notificada en fecha 25 de mayo de ese mismo año.
En consecuencia, se ordena citar al Inspector del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, a la Procuradora General de la República, al Fiscal General de la República y al ciudadano MARCO IGOR MARÍN SUMOZA, portador de la cédula de identidad Nro. 10.891.414, del presente recurso. Líbrense oficios y boleta de citación, y líbrese Cartel en su oportunidad.-