En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil COMERCIAL GIL, S.A., contra la Resolución SNAT/INTI/GRTICERC/DJT2010/5210; fechada el 23 de noviembre de 2010, mediante la cual se declara improcedente la compensación por la cantidad TRESCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (BsF. 360.000,00); impone multa por la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES FUERTES CON DIEZ CÉNTIMOS (BsF. 58.928,10) y DOSCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES (BsF. 240.648,00), por concepto de intereses moratorios, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Se CONFIRMA en su totalidad la Resolución impugnada.....