En virtud a la motivación efectuada, este Juzgado Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos JOHANNA CHISS TORRES CHIQUE y DARÍO GREGORIO ZAVALA OLIVERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.875.652 y V-13.159.058, respectivamente, decretada el 05 de marzo de 2010 y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía. Asimismo se ordena participar de la presente decisión a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.