En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por DAÑOS Y PERJUICIOS incoara la ciudadana GERALDINE LUCIA JIMENEZ CONTRERAS contra la ciudadana NANCY NEMER NAIM y la sociedad mercantil ATRIO SEGUROS, S.A., antes denominada SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR, S.A., ampliamente identificadas al inicio, DECLARA IMPROCEDENTE LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 13 de octubre de 2016, entre la ciudadana GERALDINE LUCIA JIMENEZ CONTRERAS y la sociedad mercantil ATRIO SEGUROS, S.A., antes denominada SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR, S.A, por cuanto no consta en autos la Autorización o Aprobación Expresa de la Junta Directiva de la referida sociedad mercantil que faculte al abogado LEANDRO ALFREDO DE FREITAS PACIOTTA, para que suscriba la .....