DISPOSITIVO.-
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la calificación de despido, el reenganche y pago de salarios caídos que ha incoado el ciudadano SENERCHIA ZAMBRANO ANTONIO JOSE contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACION EDUCATIVA (INCE), ambas partes debidamente identificadas en los autos y ordena a esta última a reenganchar al demandante a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal, es decir al cargo de Supervisor de Encuadernación y a cancelarle los salarios caídos sobre la base del salario de OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 809.600,00) mensuales, desde la fecha de notificación de la demanda hasta la de su efectiva reincorporación, más los aumentos.....