Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar nominada de suspensión de efectos, prevista en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, solicitada por la accionante ZOOM INTERNATIONAL SERVICE C.A. En consecuencia, se suspende la ejecución del acto administrativo contenido en la Resolución, dictada por el Directorio del Instituto Autónomo Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI) en fecha 06 de mayo de 2005.