Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación intentada por los abogados JESÚS FRANCISCO DOMÍNGUEZ SIERRAALTA y DAVID GONZÁLEZ en su carácter de parte actora contra la decisión dictada el 15 de octubre del 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la demanda de estimación de honorarios profesionales incoada por los abogados JESÚS FRANCISCO DOMÍNGUEZ SIERRAALTA y DAVID GONZÁLEZ contra CÁNDIDA MÓNICA SOARES GONCALVES.
Queda confirmado el fallo apelado.
No hay especial condenatoria en las costas del recurso, por cuanto no hubo actuación de la parte demandada ante esta alzada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de .....