Este juzgado declara LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado que el Aquo, es decir, el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fije una nueva oportunidad para que se lleve a cabo la audiencia de juicio, previa la notificación que haga de las partes del presente fallo; en virtud de esta reposición se declaran nulas todas las actuaciones posteriores y consecutivas al 21 de junio de 2016, inclusive, fecha en la cual el Aquo fijó la audiencia o debate oral en la presente causa.