IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12.08.2013 (P2 f. 06) por la parte demandada contra la decisión de fecha 07.08.2013 (P1 f. 227 al 238) emanada por el Juzgado A-quo.
SEGUNDO: SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la representación judicial de la parte demandada contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Queda así confirmada la decisión apelada.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demanda, conforme lo dispone el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, DÉJESE COPIA y REMÍTASE en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Merca.....