en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa; en lo que respecta al procedimiento laboral instaurado en vía judicial, incoado por el JHONNY DANIEL CASTILLO MARCANO, por concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, contra la FUNDACION BIGOTT, dándole efecto de cosa juzgada.
Este Juzgado ordenará el cierre y archivo del expediente, transcurridos que sean cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha. Asimismo, se acuerda la expedición de copias certificas solicitadas, de conformidad con el Numeral 3° artículo 21 de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Juez
Abg. Omaira Alejandra Uranga Bolívar
El Secretario
Abg. Angel Pinto