PRIMERO: Declara con lugar la pretensión planteada el 30-9-2009 por el Defensor Público 96° de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Abg. FRANCISCO RUIZ MAJANO, relativa a que se decretara la libertad del ciudadano FABIO JOSE MARTINEZ GONZALEZ.
SEGUNDO: Declara con lugar la pretensión planteada el 2-10-2009 por la Defensora Pública 66ª de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Abg. CARMEN CELESTE MACHADO, relativa a que se decretara la libertad del ciudadano JHILSON MIGUEL LADERA GIL.
TERCERO: Sustituye la medida judicial de privación preventiva de libertad que pesa sobre FABIO JOSE MARTINEZ GONZALEZ y JHILSON MIGUEL LADERA GIL, por las medidas cautelares sustitutivas descritas en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, concernientes a su presentación periódica cada ocho (8) días continuos ante la Juez 18ª de Control de este Circuito Judicial Penal y su prohibición de salida del país. Como co.....