Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Kléber Argenis Agelvis Porras, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 46.233, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDGAR JUVENAL DOMÍNGUEZ SOCHA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.377.775 contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA y en consecuencia:
1.- SE ORDENA el recálculo de las prestaciones sociales antiguo régimen con inclusión del período comprendido desde el 01 de noviembre de 1975 "inclusive" hasta la fecha de inicio del cálculo de prestaciones sociales efectuado el 01 de octubre de 1983 "exclusive", conforme.....