Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a La Sentencia de Divorcio, dictada el 22 de mayo del 2007, por la Notaria Once (11) del Circulo de Cali, Departamento del Valle del Cauca, Colombia, que declaró la cesión de efectos civiles de matrimonio religioso y liquidación de la sociedad conyugal entre los ciudadanos JAIRO NEIVA GONZALEZ y EDILMA MONCALEANO DE NEIVA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-19.085.662 y E- 31.264.416, respectivamente.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en l.....