DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de Apelación interpuesto en fecha 09 de abril de 2.006, por parte de la representante del Ministerio Público Abogada CLEDY JOSÉ LÁREZ TORCAT, recurso ejercido en contra de la decisión dictada en fecha 31 de marzo de 2.006, por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó el Archivo de las actuaciones, y el cese de la Media de Coerción, que pesaba sobre el ciudadano GUZMÁN CARUCCI JESÚS ANGEL, así como la condición de imputado, de conformidad con lo previsto en los artículos 2, 7, 19, 20, 21, 23, 26 y 49 ordinales 2° y 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en.....