Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación planteado el 01 de junio de 2009, por el abogado PEDRO RAMÍREZ VIEIRA, defensor de confianza del imputado FREDDY JAVIER QUINTANA IZARRA, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada el 25 de mayo de 2009, por el Juzgado Cuadragésimo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad al referido imputado, conforme a lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de CONCERTACIÓN ILEGAL CON CONTRATISTA y APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, sancionados en los artículos 70 y 74 de la Ley Contra la Corrupción, así como por el delito de LEGITIM.....