DECLARADA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, de conformidad con los artículos 366, 367, 520 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente En consecuencia se condena al ciudadano RAFAEL JOSÉ SUÁREZ CORDERO a suministrar como monto de pensión de alimentos, la cantidad de CIENTO CINCUIENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo) MENSUALES, a partir del mes de AGOSTO del presente año. En cuanto a los gastos médicos, escolares y vestimenta se condenan en un 50%.-