Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 4, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY OTORGA PERMISO EXTRAORDINARIO al penado OSCAR ANTONIO MELÉNDEZ ULLOA, {.........}, por el lapso de DOS (02) MESES, contados a partir de la presente fecha, de acuerdo a lo señalado en el artículo 48 numeral 6º del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario; debiendo pernoctar en su lugar de residencia ubicada en el Barrio Las tinajitas, Sector 3 frente al Galpón Bolivariana del Consejo Comunal, casa sin número, de esta ciudad, y quedando sujeto a las medidas e indicaciones efectuadas por el Delegado de Prueba.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese al Centro de Residencia Supervisada Dra. "Nilda Lucrecia Hernández; a la Fiscalía 13 del Ministerio Público; .a la Defensa y al Penado.