IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Estadal Segundo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ, ENRIQUE JOSÉ CHACÓN BRETO, titulares de las cedulas de identidad Nº V-5.306.442, V-6.501.224, y debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 21.085, 41.762, respectivamente, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE NAPOLEÓN ARRAIZ VARGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad V-4.382.721, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE.
Segundo: ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en consecuencia: se ordena la CITACIÓN .....