Se declaró el CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Aportante CARTON DE VENEZUELA, S.A., en virtud de que la representación del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) no demostró prueba alguna capaz de desvirtuar la incompetencia que fue alegada por su contraparte, para actuar en nombre y representación de dicho Instituto en la determinación de la obligación tributaria.