Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, luego de verificar que no hay violación de normas de orden público, declara la PERENCIÓN BREVE en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano GUSTAVO RIOS CARDONA, titular de la cédula de identidad Nº 11.664.800, asistido por el abogado Lenin F. Diaz G., Inpreabogado Nº 47.452, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 011347 dictada en fecha 21 de agosto de 2007 por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura