Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por LATINPANEL VENEZUELA, C.A contra la Providencia Administrativa N°227/11, emanada de la Inspectoría del Trabajo Sede Norte del Municipio Libertador del Distrito Capital, (adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social), de fecha 29 de abril de 2011. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas.