Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara;
1.- SU COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Victoria E. Posada Yepes, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 43.657, actuando en su carácter de co-apoderada judicial del ciudadano HORACIO VARGAS PONCE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.772.526, contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, por órgano de su ALCALDÍA.
2.- EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el recurso contencioso administrativo funcionarial, de conformidad con lo establecido en la motiva del fallo.
Publíquese, regístrese, notifíquese al ciudadano Síndico Procurador y al Alcalde del municipio Sucre del estado Bolivariano de Mi.....