Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia, para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FRANCISCO JOSE CAMACARO ARAUJO, portador de la cédula de identidad Nro. V-4.576.307, asistido por el abogado VICTOR JOSÉ RAMOS DUQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 111.812, contra las autoridades de la Escuela de Agronomía de la Facultad de Agronomía de la Universidad Central de Venezuela, y ante el conflicto negativo planteado este Juzgado ordena remitir el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.