PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la querella funcionarial incoada conjuntamente con acción de amparo constitucional de carácter cautelar y subsidiariamente solicitud del pago de prestaciones sociales, por el Abogado Richard José Silva Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.770, actuando en su carácter de Defensor Público Provisorio Sexto (6°) con competencia en Materia Administrativa, Contencioso Administrativa y Penal para las Funcionarias y Funcionarios Policiales del Área Metropolitana de Caracas, del ciudadano MANUEL JIMMY CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° 21.089.013, contra el CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA. SEGUNDO: Se ADMITE la querella funcionarial interpuesta conjuntamente con acción de amparo constitucional de carácter cautelar y subsidiariamente solicitud del pago de prestaciones sociales, por el Abogado Richard José Silva Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.770; a.....