Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los ciudadanos HUMBERTO ROMERO-MUCI, MARY ELBA DIAZ COLINA, RICARDO AGUERREVERE YANES, MARIA CELINA FRIAS MILEO y NELSON E. BORJAS ESPINOZA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.969.594, V-11.270.347, V-14.021.302, V-14.690.812 y V-16.077.965, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros. 25.739, 63.523, 107.387, 105.164 y 115.374 respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la contribuyente "VENEZOLANA DE PROYECTOS INTEGRADOS VEPICA, C.A.", en contra del Acto Administrativo identificado.