Este Tribunal de Ejecución nº 4, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de acuerdo a lo previsto en los artículos 103 del Código Pena y 4779 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, declara la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL DE JAVIER JOSE CARUCI PORTILLO, cédula de identidad Nº 10.771.489, quien usurpó la identidad de su hermano DAVID JOSE CARUCI PORTILLO, cédula de identidad Nº 10.771.488, por muerte del penado. Notifíquese a las partes y ofíciese lo conducente. Cúmplase.