VI. DISPOSITIVO:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por el tercero beneficiario, ciudadana YRIS DEL VALLE DURAN, contra la sentencia emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 31 de julio de 2014. SEGUNDO: CON LUGAR la ACCION DE NULIDAD interpuesta por la entidad de trabajo ESTACION DE SERVICIO CONTINENTAL HR, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 316-11, de fecha 31-05-2011, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS SEDE NORTE DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, que declaró con lugar la solicitud de Reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudad.....