Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA y extinguido el presente proceso, toda vez que es evidente la absoluta intención de la parte interesada de abandonar el juicio, y visto que se cumplió suficientemente el lapso previsto para considerar extinguida la instancia por la inactividad procesal en que se mantuvo por más de un (1) año; el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico ejercido en fecha 18 de Abril de 2002, por el ciudadano SAMUEL MATEO GONCALVES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.512.761, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil "ARTESANIAS MEXICO LINDO", C.A., inscrita en el Registro de Información Fiscal N° J-30318716-1, y domiciliada en la Av. Urdaneta, Esquina Platanal, Local E, La Candelaria. Caracas, Distrito Capita.....