Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Francisco Lepore, Indira Noema Rojas Medina y Edgar Rafael Gómez López, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana Ana María Martínez de Martínez, titular de la cédula de identidad N° 648.612, contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud al no pronunciarse sobre la solicitud realizada en fecha 26 de noviembre de 2008 por la ciudadana Ana María Martínez de Martínez, antes identificada.
SEGUNDO: Se establece un lapso de setenta y dos (72) horas para que el Ministerio del Poder Popular para la Salud, de respuesta a la solicitud que hiciera la ciudadana accionante, debiendo informar a este Tribunal de manera inmediata una vez da.....