Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Se NIEGA el recurso de casación anunciado en fecha 20 de febrero de 2019 por el abogado OTONIEL PAUTT ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 154.755, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana MARYORI ISABEL VELÁSQUEZ GONZÁLEZ contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 31 de enero de 2019.
Segundo: Dada la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Tercero: Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso legal para ello, no se hace necesaria la notificación de las partes.
Publíquese, regístrese y de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 248 del Códig.....